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Se Prohibe la Caza en Zonas de Catástrofe por Incendios
Se Prohibe la Caza en Zonas de Catástrofe por Incendios
Estimados Cazadores y Deportistas,
Debido a los acontecimientos ocurridos a comienzos del año 2017 en relación a los incendios en diversas zonas rurales del país, la presidenta de la república, el ministro de agricultura y el ministro de defensa han establecido la prohibición temporal de la caza deportiva (y la captura de fauna silvestre) en las regiones, provincias, comunas y localidades declaradas como zonas de catástrofe y zonas de emergencia agrícola. Las condiciones de las zonas afectadas han desplazado la fauna silvestre y hacen aún más difícil la conservación de las especies, por lo que este decreto emitido el 6 de Febrero del 2017 busca el cumplimiento de convenios internacionales de protección de la fauna silvestre migratoria y tendrá una duración temporal indefinida mientras se mantenga la emergencia agrícola de las zonas afectadas.
Las regiones, provincias, comunas y localidades donde NO se puede cazar son:
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Región del Libertador Bernardo O'Higgins
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Región del Maule
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Provincia de Curicó
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Comunas de Rauco, Hualañé, Licantén, Vichuquén y otras comunas que serán incorporadas a la brevedad.
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Provincia de Talca
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Comunas de Empedrado, Constitución, Curepto, Pencahue y otras comunas que serán incorporadas a la brevedad.
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Provincia de Linares
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Provincia de Cauquenes
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Comunas de Chanco, Pelluhue y Cauquenes
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Región de Bío Bío
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Provincia del Bío Bío
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Localidad de Misque, comuna de Yumbel
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Localidad de Alhuelemu y Manquecuel V, comuna de Mulchén
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Localidades de Mesamávida, Manquecuel IV, La Isla y Santa Emilia, comuna de Los Ángeles
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Localidad de San Ramón, comuna de San Rosendo
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Localidad de Quillalal, comuna de Laja
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Provincia de Concepción
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Localidad de San Antonio, comuna de Florida
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Localidad de Puente 1, comuna de Concepción
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Localidad de Purema, comuna de Coelemu
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Localidad de Sur Nonguen, comuna de Chiguayante
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Localidad de Porvenir III, comuna de Penco
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Localidad de Los Castañares, comuna de Hualqui
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Localidad de Pingueral, comuna de Tomé
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Localidad de Ramuntcho IV, comuna de Hualpén
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Provincia de Ñuble
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Localidad de Rinconada, comuna de Bulnes
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Localidad de San Fabián de Alico, comuna de San Fabián
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Localidades de San Pedro y Relbún, comuna de Pemuco
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Localidad de La Quebrada, comuna de Quirihue
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Provincia de Arauco
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Localidad de Ranquilhue, comuna de Tirúa
Las infracciones para quienes sean sorprendidos cazando en las zonas prohibidas estarán sujetas a lo establecido en los artículos 29, 30 y 31 de la ley 19.473 (ley de caza). Esto significa dependiendo del grado de infracción:
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Multa de hasta 25 UTM, retención de las armas por seis meses y suspensión del permiso de caza junto a la inhabilitación para obtenerlo nuevamente por un periodo de hasta cuatro años.
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Prisión en grado medio a máximo, comiso de las armas y multa de hasta 50 UTM.
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Presidio menor en grado mínimo a medio, comiso de las armas y multa de hasta 100 UTM.
Rogamos mantenerse informado con las autoridades de su localidad para determinar la factibilidad de caza y respetar las medidas de protección de fauna silvestre y medioambiente. Evite multas por irresponsabilidades. Las fiscalizaciones en las zonas afectadas son efectivas.
Atte.
Armería Target Sport
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